tatuajes permitidos

NOVEDADES, CUADRO MÉDICO DE EXCLUSIONES

Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas del novedades cuadro médico de exclusiones. En el ANEXO I, se incluye  un cuadro médico de exclusiones para la incorporación a la Guardia Civil 

Como novedades de interés, destacar:

Recientemente el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado al respecto y las sentencias no dejan lugar a dudas; así que cabe esperar que en la próxima convocatoria ya se haya eliminado esta limitación.

Novedades

En talla se rebaja los valores mínimos de exclusión. En bipedestación inferior a 160 cm en hombres y 155 cm en mujeres. Y también será excluyente valores superiores a 203 cm, en ambos casos.

  • Peso se mide por el Índice de Masa Corporal (IMC) que estará comprendido entre 17 y 30 [IMC = Peso en kg / (Talla en metros al cuadrado)].
    Aceptado IMC superiores a 30 si objetiva y claramente se deben no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos.

El cuadro médico se suaviza comparado con la normativa anterior, prohibición de las lentes fáquicas y la regulación de los tatuajes, serán objeto de tratamiento en un nueva norma, en la que probablemente se van a rebajar exigencias actuales.

En concreto, cada vez son menos las limitaciones que se exigen para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil.

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